Resumen del Artículo Disposición adicional segunda

Artículo Disposición adicional segunda del Ley 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales. (codigo) — Disposición adicional segunda. Protección de la infancia y adolescencia. La protección a la infancia y adolescencia, en tanto pudieran hallarse en situación de necesidad determinante de la intervención de las Administraciones Públicas, se regirá por la Ley de Cantabria 7/1999,…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

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Disposición adicional segunda. Protección de la infancia y adolescencia.

La protección a la infancia y adolescencia, en tanto pudieran hallarse en situación de necesidad determinante de la intervención de las Administraciones Públicas, se regirá por la Ley de Cantabria 7/1999, de 28 de abril, de Protección de la Infancia y la Adolescencia.

Norma publicada: 27 de marzo de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición adicional segunda

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